La concepción de la lesión en el derecho comparado como un vicio general de los contractos, con elementos objetivos y subjetivos, pone en duda si nuestro Código Civil tiene o no los mecanismo suficientes para remediar los casos de desequilibrio contractual que la experiencia foránea ha resuelto con esta institución. En el extranjero la lesión han dejado de proceder ciertos negocios jurídicos, para incluir en sus elementos el provecho del estado de inferioridad ajena sin importar el tipo de contrato siempre que sea oneroso y conmutativo.
Autor: Sergio Iván Piñeros Contreras.