El término jurídico "BANCA-SEGUROS" es un neologismo acuñado por la doctrina jurídica y económico- empresarial para identificar un fenómeno de integración y diálogo entre los sectores bancario y asegurador, que se ha manifestado en los últimos decenios mediante la superposición y complementariedad de los productos y servicios ofrecidos por las entidades bancarias y aseguradoras.